Me pongo en contacto de nuevo con ustedes pues ya en fecha 19 de marzo de 2014, la comisión del territorio trató y votó la propuesta de resolución para modificar al articulo 43 del Decreto 136/1999, de 18 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de desarrollo de la Ley 3/1998, de 27 de febrero, de la intervención integral de la administración ambiental, y se adaptan sus anexos, en el que se establece una diferenciación en el plazo de información pública según si se es o no vecino. "Artículo 43 Información pública Transcurrido el plazo de 15 días mencionado en el artículo anterior o, en su caso, una vez subsanadas las carencias observadas, el ayuntamiento debe someter la solicitud y documentación que la acompaña a información pública, durante el plazo de 20 días, y a información vecinal, durante el plazo de 10 días." Esta propuesta fue una sugerencia mia que adoptó el grupo ICV-EUiA, en concreto a través de la parlamentaria Hortensia Grau. Veo que han transcurrido los años y el referido articulo sigue sin modificarse pese a que por todos los grupos parlamentarios se consideró oportuno NO establecer esa diferenciación. Y ellos es así, entre otras cosas, porque se perjudica al vecino empadronado que no reside en el municipio. No se entiende que en estos tiempos se realice esa diferenciación para ejercer un derecho como es el de información pública. A la espera de que pueda retomarse la modificación aludida y que finalmente llegue a materializarse en la unificación del plazo, reciban un saludo